La cuestión para estas líneas es ¿cómo se ve el derecho desde el garantismo? que nunca realizar una definición de los términos, ni hablar de manera profunda sobre el tema; sin embargo lo hare con el mayor profesionalismo posible y dentro de los lineamientos académicos y siguiendo la perspectiva de Luigi Ferrajoli.
La corriente garantista de Luigi Ferrajoli, refleja la problemática creada en sistema jurídico decadente, mismo que está basado en los principos del Estado de Derecho Liberal, en clara contraposición a los terminos propuestos por éste, en el sentido del manejo discrecional de las prestaciones sociales por un grupo de poder sin escrupulos, que es permitido y -lo peor- aceptado por el propio Gobierno al que esta respaldando, esto sin lugar a duda crea, para el Garantismo Ferrajoliano, ilegalidad, secreto del aparato estatal e irresponsabilidad de la clase gobernante ¿por qué? porque el Estado de Derecho Liberal se preocupó únicamente de las ibertades del mercado y olvida las diferencias de caracter económicas creadas por el Welfare State o Estado de Bienestar, asimismo, el manejo discrecional de de las prestaciones sociales crea grupos de poder al interior del propio gobierno (lease poderes fácticos), que al disputarse ese manejo discrecional, da como resultado la corrupción de los funcionarios del Estado con tal de alcanzar una parte de las premisas generadas. lo que Ferrajoli propone es un nuevo nodelo de Estado, el Estado de Derecho Garantrista, basada en la idea de la insuficiencia del Estado de Derecho Liberal para satisfacer las desigualdades sociales y económicas, asimismo, propone la idea de revisar los alcances de la legalidad y mas aun revalorar el concepto de soberania a efecto de proponer un modelo garantista de caracter global.
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