martes, 1 de mayo de 2012

EL PRESIDENTE EVO MORALES NACIONALIZÓ LA TRANSPORTADORA DE ELECTRICIDAD DEL GRUPO RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA


En la tercera parte de su estudio sobre verdad y Estado Constitucional, Peter Häberle, al igual que Michel Foucault interpretan el accionar del Estado o más bien de los individuos que llevan las riendas de éste,  motivados por el ejercicio de la verdad, en este sentido, Häberle nos explica que “El Intento de concebir el Estado constitucional a la Manera de un foro para la búsqueda de la verdad será complementado en lo que resta desde dos vertientes fundamentales: 1) la vertiente subjetiva constituida por las tres libertades fundamentales, a saber religión, arte y ciencia; y 2) la vertiente objetiva que supone una clasificación de la clausula del pluralismo, creada recientemente en Europa oriental…

Esta segunda vertiente se relaciona con dos de los principios en donde descansa el Estado constitucional: el principio de responsabilidad y el de la esfera pública. Éste último trata del antiguo ideal ilustrado de convertir a la verdad en objeto de dominio público, sin reparar en las desventajas y peligros que esto pueda conllevar para la propia persona.[1]

El presidente de Bolivia Evo Morales, en el cargo desde 2006, en el marco de sus facultades constitucionales ha decidido otra nacionalización en torno a la administración pública, hoy le tocó a la industria eléctrica. Veamos cómo está constituido el Estado boliviano y de donde emergen las facultades del presidente.

La Constitución Política del Estado de 2009 establece la división de poderes en cuatro órganos de gobierno:

Órgano Ejecutivo

Compuesto por el Presidente (Jefe de Estado), el Vicepresidente y los Ministros de Estado. El Presidente y el Vicepresidente son elegidos por sufragio universal y tienen un período de mandato de cinco años. Ambos pueden ser reelegidos por una sola vez.

Órgano Legislativo

La Asamblea Legislativa Plurinacional es presidida por el Vicepresidente de Estado. Está compuesta por dos cámaras: la Cámara de Senadores con 36 miembros (cuatro representantes de cada departamento) y la Cámara de Diputados con 130 miembros (la mitad elegida por votación directa y la otra mitad elegida de forma indirecta en la lista encabezada por el candidato a Presidente). Su facultad es la de aprobar y sancionar leyes. La Constitución prevé diputaciones especiales para los pueblos indígenas.

Órgano Judicial

Formado por el Tribunal Supremo de Justicia (máxima instancia de jurisdicción ordinaria), Tribunales, Juzgados y el Consejo de la Magistratura. La justicia es impartida en dos tipos de jurisdicciones: ordinaria e indígena originaria campesina. La justicia constitucional se ejerce por el Tribunal Constitucional.

Órgano Electoral

Compuesto por el Tribunal Supremo Electoral, como la máxima instancia, misma que está formada por siete miembros elegidos por la Asamblea Legislativa Plurinacional, asimismo, están integrados al mismo órgano los Tribunales Departamentales, Juzgados Electorales, Juzgados de Mesa y Notarios Electorales.



El 25 de enero de 2009 se realizó el referendo constitucional y se promulgó el 7 de febrero, mediante la cual se determinó que el Presidente de la República tendría atribuciones ejecutivas, legislativas, administrativas, propositivas, de otorgación de premios y títulos, de defensa, seguridad, designación y nombramiento. El Presidente del Estado Plurinacional también tendría la facultad de interponer recursos ante los Tribunales de Justicia y consultas al Tribunal Constitucional Plurinacional.

La principal atribución de la primera autoridad del Poder Ejecutivo es precisamente la Ejecutiva, por la cual debe ejecutar y hacer cumplir las leyes de la República, expedir los Decretos y órdenes que sean convenientes, sin que ello signifique la privación de derechos, la alteración de los definidos por ley o la contradicción a las disposiciones legales vigentes. Esta atribución principal debe realizarla guardando las restricciones consignadas en la Constitución Política del Estado.

De acuerdo con el Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, son atribuciones del Presidente del Estado Plurinacional.

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.

2. Mantener y preservar la unidad del Estado boliviano.

3. Proponer y dirigir las políticas de gobierno y de Estado.

4. Dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado.

5. Dirigir la política exterior; suscribir tratados internacionales; nombrar servidores públicos diplomáticos y consulares de acuerdo a la ley; y admitir a los funcionarios extranjeros en general.

6. Solicitar la convocatoria a sesiones extraordinarias al Presidente o Presidenta de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

7. Promulgar las leyes sancionadas por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

8. Dictar decretos supremos y resoluciones.

9. Administrar las rentas estatales y decretar su inversión por intermedio del Ministerio del ramo, de acuerdo a las leyes y con estricta sujeción al Presupuesto General del Estado.

10. Presentar el plan de desarrollo económico y social a la Asamblea Legislativa Plurinacional.

11. Presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional, dentro de las treinta primeras sesiones, el proyecto de ley del Presupuesto General del Estado para la siguiente gestión fiscal y proponer, durante su vigencia, las modificaciones que estime necesarias. El informe de los gastos públicos conforme al presupuesto se presentará anualmente.

12. Presentar anualmente a la Asamblea Legislativa Plurinacional, en su primera sesión, el informe escrito acerca del curso y estado de la Administración Pública durante la gestión anual, acompañado de las memorias ministeriales.

13. Hacer cumplir las sentencias de los tribunales.

14. Decretar amnistía o indulto, con la aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

15. Nombrar, de entre las ternas propuestas por la Asamblea Legislativa Plurinacional, a la Contralora o al Contralor General del Estado, a la Presidenta o al Presidente del Banco Central de Bolivia, a la máxima autoridad del Órgano de Regulación de Bancos y Entidades Financieras, y a las Presidentas o a los Presidentes de entidades de función económica y social en las cuales interviene el Estado.

16. Preservar la seguridad y la defensa del Estado.

17. Designar y destituir al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas y a los Comandantes del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada.

18. Designar y destituir al Comandante General de la Policía Boliviana.

19. Proponer a la Asamblea Legislativa Plurinacional los ascensos a General de Ejército, de Fuerza Aérea, de División y de Brigada; a Almirante, Vicealmirante y Contralmirante, y a General de la Policía, de acuerdo a informe de sus servicios y promociones.

20. Crear y habilitar puertos.

21. Designar a sus representantes ante el Órgano Electoral.

22. Designar a las Ministras y a los Ministros de Estado, respetando el carácter plurinacional y la equidad de género en la composición del gabinete ministerial.

23. Designar a la Procuradora o al Procurador General del Estado.

24. Presentar proyectos de ley de urgencia económica, para su consideración por la Asamblea Legislativa Plurinacional, que deberá tratarlos con prioridad.

25. Ejercer el mando de Capitana o Capitán General de las Fuerzas Armadas, y disponer de ellas para la defensa del Estado, su independencia y la integridad del territorio.

26. Declarar el estado de excepción.

27. Ejercer la autoridad máxima del Servicio Boliviano de Reforma Agraria y otorgar títulos ejecutoriales en la distribución y redistribución de las tierras.



Es menester hacer una reflexión sobre la nacionalización de empresas en Bolivia, para acercarnos un poco a lo que señalan Häberle y Foucault en el sentido de que lo esencial es buscar la verdad, ese ejercicio nos deja muchos malos sabores de boca, sin embargo, el gobierno boliviano en el primer año de gobierno, nacionalizó en mayo de 2006 los hidrocarburos con la renegociación de contratos con una docena de petroleras, entre ellas Repsol, Petrobras, BG y Total.

En 2009 nacionalizó la mayor telefónica del país que estaba en manos de la italiana ETI y en 2010 las cuatro mayores generadoras eléctricas que eran de la francesa Suez, de la británica Rurelec y de accionistas bolivianos. Sólo con ETI el gobierno ha podido cerrar negociaciones para fijar el monto de indemnización.

A decir de las acciones emprendidas por el gobierno encabezado por el presidente Morales, la nacionalización de los hidrocarburos mejoró los ingresos del Estado y financió subsidios para los más pobres, sin embargo, también disminuyó las inversiones extranjeras, afectando sobre todo la producción de crudo para el mercado interno. Lo mismo ocurrió con la industria eléctrica. El año pasado varias ciudades sufrieron cortes por un estancamiento del nivel de reserva frente el aumento de la demanda.

El Presidente Evo Morales expreso que "Nosotros invertimos 220 millones de dólares en la generación y otros se aprovechan, por eso hermanos y hermanas hemos decidido nacionalizar la transportadora de electricidad", de igual manera "Para aclarar ante la opinión pública nacional e internacional, estamos nacionalizando una empresa que antes era nuestra".
Este par de expresiones deja claro el sentido del discurso que está dando a la opinión pública, tratando de justificar la acción de su gobierno, en tanto y con base en los resultados expresados, deja muchas dudas si es sólo un discurso en aras de proyectar una ideología o es un capricho del ejecutivo y dentro de ese discurso está ocultando lo más importante, la verdad que se  expresan los resultados negativos señalados líneas arriba en torno a los hidrocarburos y a la energía eléctrica, éste desde el enfoque del principio de responsabilidad y el de la esfera pública que maneja Häberle, porque el asunto desde nuestro humilde punto de vista, no es nacionalizar por la acción que pueda realizar el Estado, en México también se nacionalizó la telefonía y hoy por hoy tenemos más de 50 millones de mexicanos en pobreza y un multimillonario que bajo el auspicio del gobierno logró hacerse de esa empresa y muchas más, enmarcado en el discurso de que el Estado no era un buen administrador.

Evo Morales está en la disyuntiva de gastar los recursos del Estado en la indemnización de los propietarios de las compañías, pero deberá estar al tanto de si su decisión es correcta con la lupa de la supervisión, porque esa historia ya la recorrimos en México, el Estado compró industrias que luego quebraron y las remató, perdiendo en la compra y en la venta de estas. La historia es la única que puede decirnos si el presidente Morales está diciendo la verdad, si está expresando el sentir de un gobierno que cree que con la nacionalización de su industria beneficiará, como lo expreso, al pueblo boliviano, ese ente abstracto que no tiene posibilidades de responder en su nombre porque no tiene mecanismos para su defensa ante un decreto del presidente.


[1] Häberle, Peter, Verdad y Estado Constitucional, Reflexiones sobre la Teoría de la Constitución, Tercera Parte p 119.

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