martes, 23 de noviembre de 2010

INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA

El término sistemático procede de sistematizar, término que supone el ordenamiento de los conocimientos procedentes de una ciencia. Este término, a veces, se superpone al de "sistémico" que procede del concepto sistema, definiendo este último como un todo organizado.

La interpretación sistemática es aquélla que intenta a un enunciado de comprensión dudosa, dotarlo de un significado sugerido, o no impedido, por el sistema jurídico del que forma parte. Por esta razón, el concepto de argumento sistemático reenvía automáticamente a los conceptos de sistema, metodología, lógica y filosofía.

En suma, el argumento sistemático se apoya en la fuerza interna del mismo sistema. Se le denomina argumento lógico-sistemático porque la perspectiva de la verdad lógica irradia con esa perspectiva a todo el orden jurídico.

El Método Sistemático introduce la idea de que una norma no es un mandato aislado, sino que responde al sistema jurídico normativo orientado hacia un determinado rumbo en el que, conjuntamente con otras normas, se encuentra vigente; que, por tanto, siendo parte de este sistema, y no pudiendo desafinar ni rehuir del mismo, el significado y sentido de la norma jurídica podrá ser obtenido de los principios que inspiran ese sistema; principios y consiguiente significado y sentido que incluso pueden ser advertidos con nitidez del contenido de otras normas del sistema.

Sostenemos que la interpretación debe ser sistemática, porque el sistema jurídico tiene una lógica interna propia, es decir, porque posee una coherencia intrínseca y objetiva que justificaría acudir a unos preceptos para aclarar el significado de otros dudosos.

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